Ingreso de armas de fuego y similares

La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) regula la importacion de armas de fuego, accesorios, repuestos y otros articulos relacionados. La entidad informa a los importadores de armas de fuego, armas no letales, municiones y materiales afines de uso civil lo siguiente:

  • Al realizar la solicitud de importacion a traves de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE), se deben detallar con precision las caracteristicas tecnicas y fisicas de los productos para evitar problemas en el proceso.
  • De acuerdo con el numeral 1.16 del Articulo IV de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General (Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS), Sucamec supervisara todos los tramites de importacion e ingreso de armas de fuego y realizara una verificacion fisica cuando los articulos esten en sus almacenes.
  • Para un control mas eficiente, se debe enviar el catalogo original del material a importar.

Ley 30299: Regulacion sobre armas de fuego, municiones y productos pirotecnicos

El Congreso aprobo la Ley 30299 el 31 de diciembre de 2014, promulgada el 21 de enero de 2015 y publicada el 22 de enero de ese mismo ano en el diario oficial El Peruano. Esta ley entro en vigencia tras la publicacion de su reglamento y tiene como objetivo regular el uso civil de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotecnicos y materiales relacionados.

La ley esta compuesta por 6 titulos, 73 articulos y varias disposiciones complementarias, estableciendo lo siguiente:

  1. Normas generales
    • Regula a personas naturales y juridicas dedicadas a la fabricacion, importacion, exportacion, comercializacion, distribucion, transporte, reparacion, custodia, almacenamiento, ensamblaje, uso y capacitacion en el manejo de armas y materiales relacionados.
    • Excluye a las armas utilizadas por las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru.
    • Fomenta la cooperacion entre Sucamec y otras instituciones del Estado para gestionar licencias y permisos.
  2. Regulacion de armas no letales
    • Sucamec es responsable del control de armas de aire comprimido y airsoft.
  3. Regulacion de armas de fuego y municiones
    • Clasifica las armas de uso civil segun su proposito: defensa personal, seguridad, deporte, caza y coleccionismo.
    • Determina los procedimientos para obtener la tarjeta de propiedad de armas de fuego.
    • Establece los permisos para fabricacion, comercio, transporte y almacenamiento de armas.
    • Regula el ingreso de armas al pais por peruanos retornantes y extranjeros en estadia temporal.
    • Define los procedimientos en caso de fallecimiento del titular de la licencia o cese de actividades de seguridad privada.
    • Indica las sanciones y el destino de armas incautadas o decomisadas.
    • Especifica los requisitos de marcaje de armas para su fabricacion, importacion y exportacion.
  4. Explosivos y materiales relacionados
    • Define los insumos, accesorios y conexos de naturaleza explosiva.
    • Asigna a Sucamec la autorizacion de fabricacion, comercializacion, manipulacion, importacion, exportacion, almacenamiento y transporte de estos materiales.
    • Exige que las personas y empresas informen sus actividades a la entidad reguladora.
  5. Productos pirotecnicos
    • Sucamec emite permisos para la fabricacion, almacenamiento, importacion, exportacion, distribucion, traslado y espectaculos pirotecnicos.
    • Regula las sanciones y restricciones en esta actividad.
  6. Infracciones y sanciones
    • Sucamec puede imponer sanciones temporales, definitivas o economicas segun cada situacion.
    • La fiscalizacion puede ser realizada con apoyo de la Policia Nacional, el Ministerio Publico y el Poder Judicial.
  7. Disposiciones complementarias
    • Establece medidas de colaboracion entre Sucamec y la sociedad civil.
    • Regula la posesion de armas en exceso, la regularizacion de licencias vencidas y la inscripcion de armas en el Registro de Identificacion Balistica.
    • Especifica los procedimientos para la destruccion de armas decomisadas.
  8. Normas transitorias
    • Define la aplicacion gradual de nuevas regulaciones.
    • Establece la regularizacion y entrega voluntaria de armas.
  9. Modificaciones al Codigo Penal
    • Cambia los articulos 279 y 279-C sobre la fabricacion y trafico de armas y pirotecnia.
  10. Normas derogadas
  • Dejan sin efecto varias leyes y decretos previos relacionados con armas de fuego y pirotecnia.

Para mas informacion, puede consultar la Ley 30299 en:
🔗 Ley 30299 – Congreso del Peru

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