Peru Courier no tolera actos delictivos

Estimados clientes, en los últimos días, para ser específicos el día 18 de febrero 2014, recibimos una llamada de una persona quien nos informó que había sido víctima de la clonación de su tarjeta de crédito y del hackeo de su computadora, lamentablemente los delincuentes que cometieron el delito enviaron sus paquetes a nuestro almacén en Florida.

La victima nos envió la denuncia que hizo a la DIRINCRI y las copias de las compras que hicieron en su cuenta de Ebay donde se visualizan los nombres de los compradores y nuestra dirección.Después de algunos días de haber recibido la llamada de la víctima, recibimos llamadas de algunas tiendas online solicitando el hablar con la personas que hizo la compra indicando que la compra se realizó con una tarjeta de crédito robadas.

Tal como nos dijo la víctima, recibimos algunos paquetes a nombre de las personas que nos indicó. PERU COURIER, se comunicó con algunas tiendas que vinculan a estas personas, y tras explicarles la situación, nos confirmaron que las tarjetas con las que realizaron las compras habían sido bloqueadas, obviamente no nos pudieron dar mayor información.

PERU COURIER ha realizado ya una denuncia ante la Policia de USA sobre la mercancia que ha sido derivada a nuestro almacen y que han sido compradas con tarjetas de credito robadas.

Tambien se ha procedido a la devolucion de la mercaderia a las tiendas proveedoras.

PERU COURIER se pronuncia ante esta situación y da a conocer su posición:PERU COURIER no tolera, ni aprueba actos delictivos, no apoya desde ninguna perspectiva el acto de personas inescrupulosas que de una manera ilegal, deshonesta, fraudulenta y vergonzosa roban información personal para cometer robo ya sea cibernético o de cualquier otra índole.PERU COURIER dará de baja a los registros de personas que estén vinculadas al robo de tarjetas de crédito y hackeo.PERU COURIER se reserva el derecho de tomar acciones futuras para preservar la integridad de su servicio.

Ley 29774 – 27 Julio 2011

A partir del 2 de agosto del 2011, entro en vigencia la Ley 29774.

Se promulgo el 27 de julio pero entro en vigencia el 2 de agosto e implica que las importaciones que no superen los 200 dolares de valor, ya no estaran afectas al pago del IGV (19%) ni percepcion (10%), como se venia cobrando desde el 1 de febrero del presente ano.
Sin embargo, esta nueva ley no es aplicable a los productos considerados restringidos y que requieran del tramite de algun permiso en:
  • el MTC para celulares, equipos de transmision de senal, gps, etc.
  • el Ministerio de salud o Digesa, para alimentos,
  • Digemid para vitaminas, suplementos, etc.
  • Senasa, Discamec, etc.
Ley 29774 : Ley que complementa la normativa sobre la importación de los envíos de entrega rápida o equivalentes
Artículo 1. Inafectación del IGV a los envíos de entrega rápida o equivalentes
No se encuentran gravados con el IGV la importación de los envíos de entrega rápida o equivalentes, realizados en condiciones normales, que constituyen:
a). Correspondencia, documentos, diarios y publicaciones periódicas, sin fines comerciales, de acuerdo a lo establecido por su reglamento.
b). Mercancías hasta por un valor de doscientos dólares de los Estados Unidos de América (US$.200) de acuerdo a lo establecido por su reglamento.
Artículo 2. Régimen de percepciones aplicable a los envíos de entrega rápida o equivalentes.
Incorpórase el literal i) al artículo 18 de la Ley 29173. Régimen de Percepciones del IGV, con el siguiente texto:
“Artículo 18. Operaciones excluidas
No se aplicará la percepción a que se refiere el presente título a la importación definitiva:
(…)
i). De bienes considerados como envíos de entrega rápida según el Decreto Supremo 011-2009-EF, o equivalentes, siempre que su valor no exceda de los dos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$.2,000)”.
PL, Ley 29774, 7/27/2011
Fuente: Diario Oficial «El Peruano»
Fecha : Lima, miercoles 27 de Julio del 2011